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Los 5 errores más comunes a la hora de designar beneficiarios | Bufete Werner

Los 5 errores más comunes a la hora de designar beneficiarios

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Escrito por el bufete de abogados Werner

El bufete Werner Law Firm lleva 50 años prestando asistencia a sus clientes en asuntos relacionados con sucesiones y fideicomisos en vida. Troy Werner, abogado director del bufete, lleva ofreciendo un servicio jurídico excepcional a los clientes desde que se incorporó al bufete en 2009. Titulado por una universidad de la Ivy League, ha recibido numerosos premios a lo largo de su carrera como abogado.

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PUBLICADO EL: 19 de marzo de 2018

Tu testamento es un documento destinado a proporcionar a determinados tribunales y a tu familia instrucciones sobre cómo deseas que se distribuya tu patrimonio en caso de que fallezcas. Te permite decidir qué será finalmente de tus bienes cuando ya no estés, lo que te brinda una última […]

Tu testamento es un documento destinado a proporcionar a determinados tribunales y a tu familia instrucciones sobre cómo deseas que se distribuya tu patrimonio en caso de que fallezcas. Te otorga la facultad de decidir qué será finalmente de tus bienes cuando ya no estés, dándote la última palabra sobre quién recibe qué y por qué.

Sin embargo, por lo general, parte del patrimonio no se transfiere a través de un testamento, y otra parte puede transferirse directamente a determinados beneficiarios sin pasar por el testamento. Si es titular de una cuenta bancaria, un fondo de jubilación, una cuenta IRA, una cuenta de inversión o un seguro de vida, es probable que en algún momento de su vida haya designado beneficiarios para uno o todos estos productos, y tal vez sea el momento de revisar esas designaciones y comprobar si siguen respondiendo a sus intereses.

Por otra parte, quizá estés pensando en crear una cuenta de este tipo o quieras designar a un beneficiario para determinados bienes y te gustaría hacerlo correctamente. En cualquier caso, lo más importante que hay que tener en cuenta a la hora de nombrar beneficiarios es que, al hacerlo, tu testamento no rige la disposición de ese activo. El patrimonio y los bienes transferidos a un beneficiario designado mediante cláusulas POD/TOD, propiedad conjunta, un fideicomiso en vida u otros métodos similares no pasarán por el proceso sucesorio.

Para la mayoría de las personas, esto es una buena noticia. Cuanto menos haya que pasar por el proceso de sucesión tras tu fallecimiento, mejor. La sucesión no solo es un asunto de dominio público, sino que además puede resultar larga y costosa, especialmente en California. Sin embargo, designar beneficiarios para tus cuentas, fondos, fideicomisos y propiedades no es una tarea que deba tomarse a la ligera. A continuación, te indicamos algunos errores comunes que debes evitar a la hora de proteger tu patrimonio y tu legado.

Nombrar a menores como beneficiarios

Un error habitual que se comete a menudo al designar beneficiarios de cuentas y propiedades es nombrar a personas demasiado jóvenes. Por un lado, se corre el riesgo de ceder el control al tutor del menor en lugar de a él mismo, ya que los menores no tienen acceso a las pólizas de seguro de vida ni a los fondos de inversión.

Por otro lado, si tu beneficiario es aún joven cuando reciba su herencia, es muy probable que tome decisiones financieras poco acertadas. A menos que confíes plenamente en la sensatez financiera de tu beneficiario adolescente o joven adulto, lo mejor es designar a otra persona como beneficiario o transferir estas cuentas a un fideicomiso revocable.

A través de un fideicomiso, puedes establecer un control sobre los fondos de una cuenta de modo que tu beneficiario reciba una determinada suma cada año hasta que alcance la edad adecuada para gestionar la totalidad del patrimonio. Por supuesto, puedes confiar en que tu beneficiario cuente con los conocimientos financieros necesarios para gestionar adecuadamente los fondos de una póliza de seguro de vida, sobre todo si tú mismo te encargas de instruirle y enseñarle. Sin embargo, no hay nada de malo en pecar de precavido.

Designación de un único beneficiario para todas las cuentas

Algunos padres suelen nombrar a su hijo mayor como beneficiario de todas sus cuentas, confiando en que este distribuirá adecuadamente los fondos y se encargará de proporcionar lo necesario al resto de sus hermanos. Sin embargo, esto no siempre es así. Especialmente si el plan sucesorio está desactualizado, se corre el riesgo de avivar las tensiones entre hermanos al otorgar a un solo hijo el control total de la herencia, lo que, en esencia, le da carta blanca para distribuir el dinero como mejor le parezca.

Además, esto puede suponerles una carga fiscal al tener que ceder el contenido de la cuenta a sus hermanos a un alto coste, a menos que distribuyan la herencia poco a poco, año tras año. En su lugar, incluye a todos tus hijos como beneficiarios y sé específico. Tampoco designes a un solo hijo por cuenta. Esto podría dar lugar a complicaciones si el valor total de cada cuenta varía drásticamente cuando fallezcas. Designar a cada uno de tus hijos como beneficiarios de todas las cuentas garantiza el equilibrio.

Nombrar a tu hijo copropietario de una cuenta

Algunos padres nombran a sus hijos cotitulares de determinadas cuentas —como cuentas de inversión— en lugar de nombrarlos beneficiarios. El problema es que, en lugar de tributar por herencia, nombrar a alguien cotitular equivale, en esencia, a «donarle» la mitad de la cuenta, lo que puede suponer una elevada carga fiscal para esa persona si el valor de la cuenta supera el doble del importe de la exención anual del impuesto sobre donaciones.

Además, pueden surgir complicaciones si usted o sus hijos tienen acreedores judiciales que intenten embargar una cuenta a nombre de ambos. En la situación actual, los acreedores no pueden embargar los bienes de los hijos de una persona endeudada —al menos en la mayoría de los casos—. Mantener sus cuentas separadas redunda en beneficio de su hijo.

Designar a una persona con discapacidad como beneficiario directo

Quizás las personas a las que más deseas ayudar sean aquellas de la familia que menos pueden valerse por sí mismas: las personas con necesidades especiales o discapacidades que ven limitada su capacidad para trabajar. Sin embargo, nombrarlas como beneficiarias puede generar un problema completamente nuevo, ya que podría hacer que dejen de tener derecho a las prestaciones del Estado.

Es mucho más sensato dejar instrucciones personales a los cuidadores de tu hijo o familiar, o a su abogado especializado, indicando que una parte de tu patrimonio se destine a ellos y a su cuidado, al tiempo que les permites aprovechar las prestaciones públicas para su sustento.

De lo contrario, es posible que tengan que gastar rápidamente la herencia para recuperar una fuente estable de apoyo económico y volver a pasar por el proceso de solicitud, lo que supondría una molestia en lugar de constituir una ayuda económica.

No actualizar los beneficiarios obsoletos

La vida puede dar un giro radical, y muchos acontecimientos vitales pueden hacer que algunas personas dejen de ser aptas para figurar en tu lista de beneficiarios por motivos personales. Los divorcios o las rupturas familiares son momentos clave para revisar y modificar los planes sucesorios, para evitar que acabes cediendo parte de tu patrimonio a un excónyuge con el que ya no mantienes relación.

No actualizar los beneficiarios fallecidos

Además del error de no contar con ningún plan sucesorio, muchos cometen el error de no actualizarlo con la frecuencia necesaria. Debería ser una práctica habitual reunirse con su abogado y revisar su plan sucesorio cada vez que se produzca un acontecimiento importante en la familia: matrimonio, nacimiento, fallecimiento o divorcio. Estos son solo algunos ejemplos.

En ocasiones en las que resulte necesario volver a reunirse y reconsiderar decisiones anteriores, puede tratarse de momentos de dificultades económicas o problemas legales. Tu plan sucesorio debe ser, en gran medida, modificable, revocable y flexible. Es fundamental aprovechar esta circunstancia para adaptarlo a la realidad actual, en lugar de dejar a tu familia ante una desagradable sorpresa con un plan sucesorio totalmente desfasado justo tras la tragedia de tu fallecimiento.

Algunas herramientas de planificación patrimonial, como los testamentos vitales, son más difíciles de modificar que otras. Sin embargo, cambiar los beneficiarios es bastante sencillo y, en la mayoría de los casos, se puede hacer fácilmente incluso sin la ayuda de un representante legal. Considera la posibilidad de revisar tu plan patrimonial no solo de vez en cuando, sino una o dos veces al año y después de cada acontecimiento importante que cambie tu vida. Tus hijos y nietos te lo agradecerán dentro de unos años.

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