
No faltan artículos sobre disputas legales en torno al control de las obras de artistas famosos y sus herencias. Hay muchos artistas menos conocidos —entre ellos, creadores de contenidos, diseñadores gráficos, fotógrafos y otras personas del ámbito creativo— que deberían tener en cuenta las recomendaciones de un artículo reciente publicado en *New York State Bar News*, titulado «Planificación sucesoria para artistas: cómo planificar y proteger tu legado», sobre cómo proteger su legado.
El patrimonio de una persona creativa incluye obras de arte originales. Sin embargo, también abarca la propiedad intelectual, los derechos de autor, las marcas registradas y los derechos sobre las obras derivadas. Por ejemplo, un artista que vende sus obras en la popular página web Redbubble conserva la propiedad de su obra. No obstante, sigue siendo necesario que proteja su obra y su patrimonio.
Los artistas suelen ser propietarios de estudios o negocios para gestionar sus obras y derechos. Su plan sucesorio debe ser redactado por un abogado especializado en planificación sucesoria con experiencia que comprenda el valor de su propiedad intelectual, así como de los activos del estudio o negocio.
Los derechos de autor tienen una vigencia que abarca toda la vida del autor más 70 años adicionales, por lo que un plan sucesorio debe abordar la titularidad de la propiedad intelectual del artista tanto en vida como tras su fallecimiento. Tras la muerte del artista pueden surgir nuevas oportunidades de generar ingresos, aunque esto parezca improbable mientras está vivo. Se podría decir que Elvis Presley es más popular ahora de lo que lo fue en vida. Aunque se trata de un ejemplo extremo, muchos artistas solo obtienen reconocimiento tras su fallecimiento.
El artista debe asegurarse de nombrar a un albacea que comparta su pasión por el arte y que, además, cuente con las habilidades necesarias para gestionar su legado creativo y administrar su patrimonio. Es aconsejable nombrar a un sucesor por si el albacea principal no pudiera desempeñar esta función cuando fallezca el artista.
Contar con un plan de comunicación resulta ventajoso tanto para los patrimonios creativos como para los «convencionales». Si varios miembros de la familia deben dar su visto bueno a algo —por ejemplo, si los derechos de autor pasan a manos de más de un heredero—, reunir a todos para revisar un documento y llegar a un acuerdo puede resultar complicado.
Para hacer valer los derechos de propiedad intelectual, las obras de arte deben registrarse en la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos. Si esto se hace de forma continuada mientras el artista está vivo, a sus herederos les resultará más fácil proteger el patrimonio. Si no se lleva a cabo en vida del artista, resultará complicado, si no imposible, hacerlo cuando el artista se encuentre incapacitado o tras su fallecimiento.
Los contratos, los envíos, las ventas, las donaciones y los préstamos deben redactarse de tal forma que incluyan los derechos de propiedad intelectual de la manera más restrictiva posible. Los registros de estas transacciones deben conservarse incluso después de la finalización del contrato para documentar la licencia. Estos registros también pueden resultar útiles para que los herederos localicen las obras de arte físicas o determinen su titularidad.
Si el artista tiene un acuerdo prenupcial o posnupcial, este puede incluir cláusulas relativas a la conservación de los derechos de propiedad intelectual por parte del artista en caso de divorcio. La copropiedad de obras de arte con un excónyuge hostil puede resultar tan problemática para la gestión del legado de un artista como un robo en toda regla.
Llevar un registro minucioso quizá no sea la actividad favorita de una persona creativa. Sin embargo, mantener y conservar registros detallados resultará beneficioso tanto para el artista como para su patrimonio. Los inventarios de las obras terminadas, la documentación de las intenciones respecto a las obras inacabadas o aquellas que el artista no desee dar a conocer, así como los regalos o intercambios con otros artistas, y la información sobre los archivos digitales —junto con las instrucciones para acceder a ellos— facilitarán la labor del albacea.
Fallecer intestado, es decir, sin testamento, nunca es una buena idea, sobre todo cuando hay varios herederos. Si una persona fallece sin testamento y en su patrimonio hay bienes que no se hayan cedido a un fideicomiso, habrá que iniciar un procedimiento de administración, y los bienes se distribuirán de acuerdo con la legislación estatal. Para un artista, esto puede perjudicar la gestión de su obra y provocar una pérdida de control sobre su propiedad intelectual. La obra de arte podría recaer en manos de personas a las que no les importa o que no saben cómo gestionarla.
Un plan sucesorio es tan esencial para una persona creativa como para alguien que no sabe dibujar ni un muñeco de palitos. Contar con un testamento, un fideicomiso, un poder notarial y documentos sobre la atención médica protege a las personas, a sus familias y a su legado.
En el bufete Werner Law Firm, nuestros abogados especializados en planificación patrimonial saben que los artistas y creadores tienen un legado único que merece la pena proteger. Tanto si eres escritor, músico, diseñador o creador de contenidos digitales, tu propiedad intelectual merece la misma planificación minuciosa que cualquier otro activo valioso. Déjanos ayudarte a elaborar un plan que preserve tu voz, tu visión y tus derechos, tanto en vida como mucho después.
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Referencia: Noticias del Colegio de Abogados del Estado de Nueva York (6 de marzo de 2026) «Planificación patrimonial para artistas: cómo planificar y proteger su legado»

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