
El dramaturgo Christopher Bullock escribió en una ocasión que nada es seguro, salvo la muerte y los impuestos. A veces, ambas cosas coinciden, lo que da lugar a una situación algo complicada. Si no estás familiarizado con la legislación fiscal, puede resultar difícil desentrañar sus complejidades.
En caso de fallecimiento de un ser querido, usted o alguien cercano a él deberá presentar tanto su último formulario 1040 (declaración de la renta de las personas físicas) como el formulario 1041 (declaración de impuestos de la sucesión). Esto se debe a que las sucesiones se convierten en entidades independientes tras el fallecimiento de una persona. Sin embargo, los bienes de dicha sucesión pueden seguir generando o acumulando ingresos (y a menudo lo hacen), por lo que deben tributar debidamente.
Ahí es donde entra en juego el formulario 1041 del IRS. Y aunque se trata de una declaración de la renta, es algo más complicado y bastante diferente del formulario 1040.
El formulario 1041 del IRS es la declaración de la renta de Estados Unidos para patrimonios y fideicomisos, y exige al fiduciario (fideicomisario, albacea o administrador) de un fideicomiso, patrimonio o masa de la quiebra que presente el formulario 1041 para declarar los ingresos, las ganancias, las pérdidas y las deducciones, así como otros aspectos diversos de dicho fideicomiso o patrimonio.
El formulario 1041 del IRS puede presentarse tanto según el año natural como según el ejercicio fiscal. En el caso de los patrimonios y fideicomisos con año natural, el formulario 1041 debe presentarse antes del 15 de abril del año siguiente. En el caso de los patrimonios y fideicomisos con año fiscal, el formulario 1041 debe presentarse antes del día15 delcuarto mes siguiente al cierre del ejercicio fiscal. Puede solicitar una prórroga del plazo de presentación mediante el formulario 7004.
No todos los patrimonios y fideicomisos deben presentar el formulario 1041 del IRS. Sin embargo, a pesar de lo que sugiere el nombre, hay fideicomisos que deben presentar el formulario 1041 aunque no hayan obtenido ingresos durante el ejercicio fiscal. Y hay otros que, aunque obtengan algunos ingresos, no están obligados a presentar una declaración. Todo esto puede resultar un poco contradictorio y confuso. En pocas palabras, los fideicomisos y patrimonios que deben presentar el formulario 1041 son:
Otra distinción importante que hay que hacer es la diferencia entre los ingresos procedentes de los activos y bienes ya transferidos a un beneficiario, y los ingresos generados por el propio fideicomiso o patrimonio.
Los fideicomisos que ya hayan sido distribuidos parcialmente durante el ejercicio fiscal pueden deducir dichas distribuciones en su declaración del impuesto sobre la renta. A partir de ese momento, corresponde al beneficiario declarar dichas distribuciones. Esto es importante para evitar la doble imposición.
Cuando una persona fallece, a partir de la fecha de su fallecimiento dejan de generarse ingresos a su nombre y estos pasan a formar parte de su patrimonio. Esto significa que, si una persona fallece antes de su último día de pago, el dinero que haya ganado se transferirá a su patrimonio. Dicho importe estará sujeto a la declaración de impuestos del formulario 1041, en lugar de a la declaración de la renta de las personas físicas habitual (formulario 1040).
No obstante, el fallecido debe presentar un formulario 1040 definitivo en el que declare todos sus ingresos correspondientes al último ejercicio fiscal en el que estuvo vivo. Normalmente, esta gestión la lleva a cabo el cónyuge supérstite del fallecido, un familiar cercano o su abogado. Por supuesto, existen excepciones a esta norma.
Por ejemplo, no es necesario presentar la última declaración de la renta de una persona si ganó menos de 20 000 dólares en su último ejercicio fiscal y falleció estando casada. Estos umbrales mínimos varían cada año y difieren de un estado a otro, por lo que es importante consultar la página web del IRS y a un abogado fiscalista local.
Si eres cónyuge supérstite, solo tienes que presentar una declaración conjunta. Ser viudo o viuda también significa que puedes tener derecho a otras ventajas fiscales por tu condición de supérstite. Además, si tienes un hijo a tu cargo, es posible que puedas beneficiarte de una desgravación fiscal durante dos años. Para obtener información más actualizada y específica de tu estado sobre cómo gestionar tus impuestos tras el fallecimiento de tu pareja, consulta a tu asesor fiscal.
Si usted es el administrador de una sucesión o el fideicomisario sucesor del fideicomiso, puede presentar el formulario 1041 del IRS por su cuenta. O bien, puede ponerse en contacto con un abogado fiscalista para que le ayude con el proceso y evite cometer errores. Es importante recordar que, si ya se ha distribuido parte del fideicomiso, debe indicarlo en el formulario 1041, incluyendo dichas distribuciones como deducibles fiscalmente.
El objetivo es evitar la doble imposición. Las distribuciones son, por tanto, responsabilidad del beneficiario, quien debe incluirlas en su propia declaración de la renta. Esta deducción se presenta en el anexo B y se denomina«deducción por distribución de ingresos».
Si el patrimonio o el fideicomiso no tiene ingresos o sus ingresos brutos son inferiores a 600 dólares durante el ejercicio fiscal, no es necesario presentar una declaración de la renta. Sin embargo, si uno de los beneficiarios es un extranjero no residente, el fideicomiso o el patrimonio deberá presentar una declaración de la renta (aunque no tenga ingresos).
Ya hemos mencionado anteriormente que los fideicomisos y las sucesiones pueden beneficiarse de deducciones sobre cualquier importe transferido a los beneficiarios. Sin embargo, los fideicomisos y las sucesiones también pueden deducir los gastos incurridos durante el proceso de sucesión o de distribución, entre los que se incluyen (entre otros):
En resumen, en el formulario 1041 del IRS, puede deducir cualquier gasto en que se haya incurrido durante la administración de la sucesión.
Liquidar las obligaciones fiscales finales de una persona fallecida no siempre es un proceso sencillo y claro. Existen diferencias en la legislación fiscal según cada estado, y las leyes fiscales se actualizan y modifican constantemente, lo que supone que, año tras año, los contribuyentes se enfrentan a nuevos cambios y consideraciones fiscales. Puede resultar un poco abrumador ocuparse de todo ello, especialmente tras el fallecimiento de un ser querido. Además, no liquidar adecuadamente los asuntos fiscales de una persona fallecida puede acarrear las consecuencias de la Agencia Tributaria (IRS). Lo cual puede suponer un problema costoso. Es aconsejable consultar a un profesional del derecho para que le ayude a orientarse en las leyes fiscales de su estado y a determinar la forma más conveniente de liquidar todos los gastos necesarios.
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