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¿Debería incluir un fideicomiso AB en su planificación sucesoria? - Bufete Werner

¿Debería incluir un fideicomiso AB en su planificación sucesoria?

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Escrito por el bufete de abogados Werner

El bufete Werner Law Firm lleva 50 años prestando asistencia a sus clientes en asuntos relacionados con sucesiones y fideicomisos en vida. Troy Werner, abogado director del bufete, lleva ofreciendo un servicio jurídico excepcional a los clientes desde que se incorporó al bufete en 2009. Titulado por una universidad de la Ivy League, ha recibido numerosos premios a lo largo de su carrera como abogado.

¡Conoce a Troy!
PUBLICADO EL: 10 de agosto de 2022

Los fideicomisos AB son un tipo de fideicomiso en vida cada vez menos habitual, aunque muy valioso, especializado en la preservación del patrimonio, la optimización fiscal y la planificación financiera a largo plazo. En esencia, un fideicomiso AB requiere que una pareja casada constituya un fideicomiso de dos partes que aproveche los límites de exención fiscal individuales para crear una herencia libre de impuestos para sus beneficiarios finales. Los fideicomisos AB no son […]

Los fideicomisos AB son un tipo de fideicomiso en vida cada vez menos habitual, aunque muy valioso, especializado en la preservación del patrimonio, la optimización fiscal y la planificación financiera a largo plazo. En esencia, un fideicomiso AB requiere que una pareja casada presente un plan fiduciario de dos partes que utilice la exención fiscal individual límites de exención fiscal individuales para crear una herencia libre de impuestos para sus beneficiarios finales. Los fideicomisos AB no siempre son útiles, ni siempre vale la pena crearlos. Pero cuando se utilizan, pueden marcar la diferencia entre dejar una fortuna y dejar un desastre.

La doble imposición de un matrimonio

Un fideicomiso AB es un fideicomiso en vida creado para evitar la doble imposición tras el fallecimiento en el caso de las parejas casadas. Supongamos que una pareja casada con un patrimonio considerable vive su vida sin un plan sucesorio. Cuando fallece el primer cónyuge, una parte considerable de su patrimonio pasa al cónyuge supérstite.

Esto incluye los bienes gananciales y la tercera parte o la mitad de los bienes propios del cónyuge fallecido, que normalmente se transmiten al cónyuge supérstite en caso de sucesión intestada. Dependiendo de las leyes fiscales estatales y federales vigentes en ese momento y del valor total de la herencia, el patrimonio que se transfiere al cónyuge supérstite puede estar sujeto a impuestos sobre el patrimonio. El tipo impositivo tanto del impuesto federal como del estatal sobre el patrimonio es considerable, lo que significa que la herencia puede sufrir un importante impacto financiero.

Avancemos en el tiempo. En este momento, el cónyuge supérstite se encuentra en su lecho de muerte. Es irrelevante si se volvió a casar o no: en cualquier caso, el patrimonio que ha acumulado a lo largo de su vida —incluidos los bienes de su excónyuge— estará sujeto a otra ronda de impuestos sobre sucesiones, aunque la herencia principal ya haya sido gravada con impuestos sobre sucesiones años atrás.

Cómo funciona un fideicomiso AB

Un fideicomiso AB evita la doble imposición de la herencia transmitida entre cónyuges mediante la segmentación del patrimonio, la limitación de su valor y el aprovechamiento inteligente de las ventajas que ofrece la legislación fiscal vigente para minimizar la carga fiscal derivada del fallecimiento. Funciona más o menos así.

Tomemos el ejemplo anterior de una pareja casada. En esta ocasión, han constituido un fideicomiso AB. Se trata de un fideicomiso conjunto, lo que significa que, independientemente de quién fallezca primero, su parte del patrimonio se transferirá al fideicomiso A. El proceso de constitución de un fideicomiso AB comienza con la distribución equitativa del patrimonio entre ambos cónyuges.

Los cónyuges ponen en común su patrimonio y lo dividen, de modo que cada uno aporta una cantidad igual de activos a su respectiva mitad del fideicomiso conjunto, que posteriormente se convierten en los fideicomisos A y B, respectivamente. El fideicomiso A es un fideicomiso en vida irrevocable. Esto significa que no puede modificarse, y todo lo que se aporte al mismo permanece en el fideicomiso hasta que este se liquide adecuadamente y se distribuya entre sus beneficiarios.

Al tratarse de un fideicomiso irrevocable, todo lo que se aporte al fideicomiso A queda exento del impuesto sobre sucesiones. La totalidad de la exención fiscal por sucesión que le quede al primer cónyuge puede transferirse al cónyuge supérstite. El fideicomiso A se constituye tras el fallecimiento del primer cónyuge y se financia con todo lo que este haya aportado al fideicomiso conjunto.

Los beneficiarios del fideicomiso A son los hijos y nietos de la pareja. El cónyuge supérstite no puede disponer del contenido del fideicomiso A, pero este le abona una renta periódica basada en la revalorización de los activos que lo componen o en los ingresos pasivos que generan dichos activos, como por ejemplo las propiedades en alquiler.

Mientras tanto, el cónyuge supérstite sigue con su vida, y continúa modificando y aportando fondos a su parte del fideicomiso, ahora denominado «fideicomiso B». Se trata de un fideicomiso revocable en vida. Sin embargo, dado que el cónyuge supérstite recibió la exención fiscal de su cónyuge además de la suya propia, es poco probable que deba pagar ningún impuesto sobre el patrimonio por el contenido del fideicomiso B.

Cuando fallezcan, el fideicomiso B y el fideicomiso A serán disueltos por sus respectivos fideicomisarios y sus activos se distribuirán entre los beneficiarios originales del fideicomiso conjunto. Dado que la primera parte del plan evitó por completo el impuesto sobre sucesiones y la segunda se benefició del límite de exención del impuesto sobre sucesiones de dos personas, el proceso permite que una herencia considerable evite por completo el impuesto federal sobre sucesiones.

¿Quién necesita un fideicomiso AB?

En la actualidad, muy pocas personas necesitan un fideicomiso AB. Esto se debe principalmente a que la Ley de Recortes Fiscales y Empleo de 2017 aumentó considerablemente la exención vitalicia del impuesto sobre el patrimonio hasta la impresionante cifra de 12,06 millones de dólares por contribuyente a partir de 2022. A menos que el valor total de su patrimonio combinado se acerque a esa cifra, un fideicomiso AB podría resultar excesivo.

Sin embargo, las exenciones del impuesto sobre sucesiones pueden modificarse. Los cambios introducidos en la exención del impuesto sobre sucesiones son temporales y, a menos que se aprueben por ley antes de 2026, pueden volver a los niveles anteriores a 2017Si prevé vivir más allá de 2026, le conviene prepararse para lo peor.

Le recomendamos que analice sus opciones de planificación patrimonial con un abogado fiscalista y que considere cómo podría modificar o adaptar su plan ante una reducción de la exención del impuesto sobre el patrimonio de las personas físicas. La legislación fiscal en su conjunto es compleja y está en constante evolución. Por eso es fundamental estar al tanto de los cambios significativos y valorar cómo podrían afectar a su estrategia de planificación patrimonial.

No olvide actualizar su plan sucesorio de vez en cuando. La mayoría de los profesionales especializados en planificación sucesoria recomiendan a sus clientes que revisen y actualicen su plan cada pocos años o inmediatamente después de un acontecimiento importante que cambie el rumbo de su vida, como por ejemplo (entre otros):

  • Grandes herencias
  • Fallecimiento en la familia
  • Nacimiento
  • Matrimonio
  • Divorcio

Incorporar un fideicomiso AB a tu plan sucesorio

Lo ideal es que un fideicomiso AB forme parte de un plan sucesorio más amplio. Por ejemplo, aunque su fideicomiso AB le ayude a usted y a su cónyuge a evitar el impacto de un impuesto sobre el patrimonio devastador, especialmente tras años de agotar su límite de exención fiscal, es posible que el fideicomiso no aborde el resto de su patrimonio, como quién se quedará con la casa tras el fallecimiento de ambos, quién gestionará el negocio y a quién legará las propiedades de inversión o los activos.

Los fideicomisos tampoco pueden nombrar tutores para hijos menores de edad o personas a su cargo. Aunque pueden ser útiles tanto en vida como tras la muerte, los fideicomisos no ayudan a resolver cuestión sanitaria o financiera que puedan tener sus seres queridos si usted quedara incapacitado, ya sea física o mentalmente. Un plan sucesorio debe ser coherente de principio a fin, y cualquier revisión del plan debe realizarse de manera integral. Consulte a su asesor fiscal y a su profesional de planificación sucesoria si tiene alguna duda.

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