
Cuando fallecemos, nuestros bienes se reparten entre los vivos. Algunos activos y bienes, tanto tangibles como intangibles, se rigen por normas de distribución automáticas. Por ejemplo, una póliza de seguro de vida suele exigir que se nombre al menos a un beneficiario al contratarla, ya que el objetivo de la póliza es dejar un colchón para sufragar los gastos funerarios y proporcionar cierta seguridad económica a los seres queridos. Estos activos, cuentas y bienes tienen la ventaja de que se distribuyen entre sus respectivos beneficiarios con gran rapidez.
Sin embargo, es posible que otros bienes deban distribuirse bajo la supervisión de los tribunales locales, en un proceso conocido como sucesión. Por ejemplo, una vivienda puede ser copropiedad de varias personas, en cuyo caso las demás partes pueden tener o no un derecho de supervivencia, dependiendo del tipo de propiedad de que se trate. Sin un derecho de supervivencia, la decisión sobre quién se queda con su parte de la propiedad se determinará mediante el proceso sucesorio.
Los bienes y activos de los que seas único propietario pasarán a formar parte de tu patrimonio tras tu fallecimiento, y se distribuirán bien de acuerdo con tu último testamento válido, bien con arreglo a las leyes de sucesión legítima de tu estado de residencia (en caso de no existir testamento). El tribunal sucesorio es el órgano en el que se lee y valida el testamento; y, en ausencia de testamento, es el órgano en el que se encarga al albacea que hayas designado la distribución de tus bienes de conformidad con la legislación estatal.
Aunque la tramitación de la sucesión puede durar desde unos meses hasta más de un año, el proceso es, en definitiva, bastante largo, tanto si posees tres propiedades en Bel-Air como si nunca has tenido una vivienda en tu vida. Sin embargo, en el caso de las sucesiones de menor cuantía, existe una forma de agilizar el proceso: la declaración jurada de sucesión de menor cuantía.
Las declaraciones juradas de sucesiones de escasa cuantía son documentos legales que certifican que el valor total de la sucesión es inferior a una cantidad determinada, lo que permite que esta se acoja a un proceso sucesorio acelerado. Mediante dicha declaración jurada, la transferencia de la sucesión puede simplificarse enormemente en un procedimiento sucesorio no formal.
En California, el límite actual para una declaración jurada de sucesión de escasa cuantía es de 166 250 dólares.
Este límite NO incluye determinados bienes y exime de impuestos una cantidad determinada de dinero, como el salario pendiente de pago del difunto (hasta 5.000 dólares).
Una declaración jurada de sucesión de pequeña envergadura puede agilizar la tramitación de la sucesión, ya que permite a la persona que redacta y firma el documento transferir los bienes de su patrimonio a su nombre a través de los respectivos bancos y entidades que custodian dichos bienes de forma provisional.
Es posible que se requieran otros documentos para completar el proceso, como una copia del certificado de defunción del fallecido y tu número de la Seguridad Social como beneficiario. También es posible que tengas que recabar las firmas de otros posibles herederos para asegurarte de que están de acuerdo con el contenido de la declaración jurada y con la forma en que se va a repartir la herencia.
Las declaraciones juradas para patrimonios de escasa cuantía constituyen una alternativa atractiva a la sucesión judicial convencional, ya que eliminan la intervención de los tribunales, lo que agiliza enormemente el proceso y reduce los costes y honorarios asociados. No obstante, necesitarás un abogado que te ayude a redactar y formalizar una declaración jurada personalizada para patrimonios de escasa cuantía, así como a minimizar los errores que suelen surgir al planificar la sucesión por cuenta propia. En general, lo único que tienes que hacer es:
Solo hay un requisito fundamental para poder presentar legalmente una declaración jurada de sucesión de escasa cuantía: el valor total de los activos de la sucesión que cumplen los requisitos no puede superar los 166 250 dólares. Sin embargo, es importante señalar que no todos los bienes que el difunto poseía en vida deben contabilizarse en ese total. En general, se puede excluir de este total cualquiera de los siguientes elementos:
Además, una vez que se hayan omitido todos los requisitos mencionados anteriormente, la administración local le exigirá que contrate los servicios de un tasador cualificado y acreditado para garantizar que el valor total de la herencia del difunto no supere el límite establecido para la declaración jurada de herencias de escasa cuantía.
Las declaraciones juradas de sucesiones de escasa cuantía deben obtenerse y presentarse antes de que comience el proceso sucesorio. El proceso sucesorio se inicia tan pronto como el albacea o la persona encargada de gestionar los asuntos finales del difunto decide solicitar la apertura de la sucesión. Lo único que se necesita para presentar la solicitud de apertura del proceso sucesorio es el certificado de defunción, por lo que el proceso puede comenzar casi inmediatamente después del fallecimiento.
No obstante, si le interesa presentar una declaración jurada de sucesión de escasa cuantía para ahorrar en costes y evitar la pérdida de tiempo que conlleva un proceso sucesorio formal, póngase en contacto con un abogado y un profesional especializado en planificación sucesoria para determinar si la herencia de su familiar cumple los requisitos para dicha declaración.
Por desgracia, los trámites relacionados con el fallecimiento no siempre son sencillos. Sin un plan sucesorio, recae sobre los hombros del familiar o amigo cercano más responsable la tarea de determinar y repartir los bienes del difunto, con la ayuda de los tribunales o de un abogado. A veces, cuestiones como la titularidad y la designación de beneficiarios pueden resultar difíciles de resolver, lo que convierte incluso una herencia modesta en un auténtico quebradero de cabeza.
La planificación patrimonial no es exclusiva de los ricos y famosos. No hace falta disponer de un patrimonio heredado ni de propiedades inmobiliarias para recurrir a fideicomisos y testamentos, ni a herramientas sencillas de planificación patrimonial como los poderes notariales.
Un poco de previsión y la ayuda de un profesional con experiencia en planificación sucesoria pueden ayudarte a elaborar un plan sucesorio básico pero eficaz, dejando instrucciones claras y detalladas para tus futuros albaceas, fideicomisarios y beneficiarios.
Si se plantea elaborar un plan sucesorio, asegúrese de revisarlo cada pocos años para ver si hay cambios que desee introducir o modificarlo para que refleje los acontecimientos recientes. Los planes sucesorios son herramientas muy útiles y eficaces, pero también pueden convertirse en un problema si están muy desactualizados en el momento de su fallecimiento.
Si desea obtener más información sobre los procedimientos sencillos, las declaraciones juradas para patrimonios de escasa cuantía y lo que puede esperar durante la tramitación de la sucesión, no dude en consultar a un abogado. No hay dos patrimonios exactamente iguales, y las circunstancias particulares pueden influir considerablemente en los resultados de la planificación sucesoria.
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